De conformidad a lo señalado en el Reglamento para la clasificación de especies silvestre según estado de conservación (Decreto Nº29/2012), cualquier persona natural o jurídica (agrupación o institución) podrá participar del proceso de clasificación, en tres instancias específicas, avisadas mediante publicación efectuada en un diario o periódico de circulación nacional y en la página electrónica del Ministerio del Medio Ambiente (las resoluciones y decretos se publican en el Diario Oficial) siendo estas:
1. Periodo de información previa
En esta etapa, el Ministerio invitará a toda persona interesada, a presentar sugerencias de especies silvestres nativas de Chile susceptibles de ser clasificadas según su estado de conservación. Este periodo no podrá extenderse por más de dos meses, contados desde la referida publicación. Toda persona que proponga una especie a ser clasificada, deberá:
- Completar el siguiente formulario
- Adjuntar antecedentes que fundamentan la propuesta
- Considerar los criterios de clasificación recomendados por la UICN. Criterios de clasificación UICN 2.
2. Recepción de Antecedentes
Etapa en que la ciudadanía podrá aportar antecedentes respecto de las especies silvestres que fueron aprobadas para ser clasificadas. El plazo de esta etapa es de un mes contado desde la fecha de la publicación de la resolución que da inicio al proceso de clasificación y que entrega el listado de especies que serán evaluadas.
3. Consulta Pública
Etapa en la cual la ciudadanía podrá formular observaciones por escrito, a la propuesta preliminar de clasificación de especies, ello dentro del plazo de un mes a contar de la fecha de publicación de la propuesta, acompañando los antecedentes que fundamentan su observación.
Envío de propuestas, antecedentes u observaciones
Para cualquiera de las tres instancias de participación en el proceso de clasificación, las propuestas, antecedentes u observaciones, según corresponda, podrán presentarse a través de los siguientes canales:
- Correo electrónico: clasificacionespecie@mma.gob.cl
- Oficinas de Partes de las Secretarías Regionales Ministeriales del Medio Ambiente (SEREMI) a nombre del SEREMI del Medio Ambiente Respectivo, u; Oficina de Partes de la Subsecretaría del Medio Ambiente, dirigido a nombre del Ministro del Medio Ambiente, San Martín Nº73, Santiago.